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Docencia en Derecho Civil. Facultad de Derecho. Universidad de La Laguna.

ULL
Luis Javier Capote Pérez.
Doctor en Derecho Civil.
Departamento de Disciplinas Jurídicas Básicas.
Facultad de Derecho. Universidad de La Laguna.
C/ La Hornera, s/n. CP.: 38071. La Laguna. Santa Cruz de Tenerife. España.
Teléfono: (922)317419
E-Mail: lcapote@ull.es

Bienvenido a esta página web sobre mi docencia en Derecho Civil en la Universidad de La Laguna. Espero que encuentres en ella las referencias necesarias para orientarte en la preparación de la asignatura que estás cursando. Te recuerdo que puedes utilizar el sistema de tutoría virtual simplemente registrándote en esta web. Un saludo,

Prof. Dr. Luis Javier Capote Pérez. 


 
CCOO arremete contra Gallardón por crear "una ciudadanía de segunda".
Actualidad Jurídica
(Noticia extraida del Diario de Derecho de la Editorial IUSTEL).

El sector de Justicia de la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) del sindicato CC.OO. ha advertido de que la subida de tasas judiciales en segunda instancia propuesta por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, creará una "ciudadanía de segunda" que dependerá de su situación económica para acceder a derechos sociales "básicos" y "constitucionales".

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
La plataforma sindical ha mostrado este miércoles su oposición al anteproyecto de ley que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses porque supone "una vuelta a los años 60 del siglo pasado al establecer tasas judiciales que significan claramente una desigualdad de trato en el acceso a la Justicia".
El sindicato considera que la medida vulnera el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva recogido en el artículo 24 de la Constitución Española y que "alejará" a la ciudadanía de los tribunales al conllevar un gasto que, será "muchas veces", superior a la cuantía reclamada.
JUSTICIA GRATUITA EN LOS PGE
Para CCOO, la justificación esgrimida por el ministro para defender el anteproyecto es la misma que aduce el Gobierno para imponer su política de recortes sociales y de derechos.
"Empeorar la eficacia de la Administración de Justicia, al igual que hacerlo con otros servicios públicos esenciales, no va a servir para paliar la crisis económica, sino que va a producir una ciudadanía de segunda, que dependerá de su situación económica para acceder a los derechos sociales básicos y constitucionales", aduce en un comunicado.
Por todo ello, el sindicato demanda una "Justicia universal y gratuita" financiada a través de los presupuestos generales, que debe ser la vía general para la financiación de los servicios públicos, y pide "responsabilidad" a los poderes públicos para evitar su "desmantelamiento progresivo, invirtiendo en su modernización y en una correcta dotación personal y material".
Enviado por Luis_Capote el Jueves, 17 mayo a las 03:54:07 (8 Lecturas)
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EL CGPJ debatirá un informe contrario a la "justicia para ricos".
Actualidad Jurídica
(Noticia extraida del Diario de Derecho de la Editorial IUSTEL).

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
La Comisión de Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo 24 de mayo un informe de Margarita Robles muy crítico con el anteproyecto de ley de instauración de tasas judiciales en segunda instancia. Según la vocal, la modificación proyectada obedece a motivos de "oportunidad política y económica" y tal y como está planteada crea una suerte de "justicia para ricos".
La proponente ha destacado este lunes que espera que sus compañeros de la Comisión refrenden su postura antes de que el informe sea aprobado por el Pleno señalado para el 31 de mayo, si bien es posible que alguno solicite una rebaja del tono de la crítica.
El Anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 30 de marzo y enél se acomete una completa revisión del sistema de tasas judiciales en segunda instancia.
El Gobierno prevé que las ganancias obtenidas por este concepto aumentarán de 172 a 300 millones de euros, lo que permitirán sufragar el coste de la justicia gratuita, evitar abusos y reducir la litigiosidad, amén de alcanzar una mayor eficacia y racinalización de la Administración de Justicia.
Esta visión no es compartida por Robles, quien en su informe señala que "más allá de la previsible reducción de la litigiosidad propiciada por el efecto disuasorio de la tasa, no se vislumbra cómo la proyectada reforma puede incrementar la eficacia y racionalización de la Administración de Justicia".
El informe, de 45 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, recuerda que en 1986 se erradicó de nuestro ordenamiento la tasa "entre otras razones para propiciar que todos los ciudadanos puedan obtener justicia cualquiera que fuera su situación económica o su posición social", y que su reintroducción en 2002 tuvo un "alcance limitado", al incidir exclusivamente sobre las personas jurídicas.
Enviado por Luis_Capote el Miércoles, 16 mayo a las 10:12:00 (8 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Posposición de la revisión para el Grupo VIII de seminario
NoticiasEstimada concurrencia:

Por un problema familiar ineludible me veo en la obligación de retrasar al próximo viernes, 18 de mayo, la revisión para el grupo VIII y personas que estaban citadas para esa fecha. El horario será el mismo. Ruego disculpen las molestias.
Enviado por Luis_Capote el Martes, 15 mayo a las 05:04:59 (11 Lecturas)
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El TSJM inadmite por "extemporáneo" el recurso sobre los horarios en Sol
Actualidad Jurídica
(Noticia extraida del Diario de Derecho de IUSTEL).

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha inadmitido por "extemporáneo" el recurso presentado por el convocante de la concentración de 96 horas seguidas entre el 12 y el 15 de mayo coincidiendo con el aniversario del 15M, ha informado el TSJM en un comunicado.

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha adelantado el fallo, pero la sentencia se hará pública mañana. Así, los magistrados inadmiten el recurso por "extemporáneo".
La impugnación fue interpuesta por Roberto Moncho Agud contra la resolución de la Delegada del Gobierno en Madrid para la concentración del próximo 15-M en la Puerta del Sol.
En la vista celebrada este jueves, el fiscal ha apoyado una concentración ininterrumpida de 96 horas en Sol del 12 al 15 de mayo, en el primer aniversario del 15M, apoyando así el recurso presentado por el ciudadano que comunicó a la Delegación del Gobierno en Madrid la convocatoria.
El departamento que dirige Cristina Cifuentes limitó esa protesta a cinco horas el sábado y diez horas el domingo, lunes y martes, en total, 35 horas. Dicha restricción fue recurrida por el solicitante ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
Así, hoy, a las 9.30 horas, se ha reunido la sección novena de la Sala Contencioso Administrativa del TSJM, que es el que trata los asuntos sobre derechos fundamentales. En la vista, que ha durado unos 40 minutos, el Fiscal ha apoyado "en todos sus términos" el recurso del solicitante contra la decisión de la institución gubernativa.
La Delegación argumentó que "la presencia en dicha plaza de un grupo de personas indeterminado durante un periodo tan prolongado de tiempo implica merma de los derechos del resto de la ciudadanía y un evidente perjuicio para las actividades comerciales y de ocio que se llevan a cabo en dicha plaza y su entorno".
El departamento que dirige Cifuentes esgrimió igualmente que recortar el horario no supone merma o menoscabo alguno al legítimo derecho de reunión "porque esta medida permite el libre ejercicio de sus derechos y la plena difusión de las ideas y reivindicaciones objeto del acto, conjugándolo con los derechos del resto de los ciudadanos y la seguridad del lugar donde se autoriza la concentración".
Sin embargo, el recurrente alega que, según la legislación vigente, sólo se puede limitar o prohibir el derecho de reunión y manifestación cuando existe una previsión fundada y razonada de un peligro para los bienes y las personas.
Enviado por Luis_Capote el Lunes, 14 mayo a las 07:18:06 (7 Lecturas)
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Comunicado de los defensores universitarios españoles
Noticias
La Ley de Reforma Universitaria de 1983 establece la figura del Defensor Universitario (DU), una institución que tras la aprobación de la LOU de 2001 se hace obligatoria para todas las universidades españolas, incluyendo las privadas. Conforme a la disposición adicional decimocuarta de la LOU, la principal función del DU es "velar por el respeto a los derechos y libertades de los profesores, estudiantes y personal de administración y servicios, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios".

Así pues, y conscientes de la misión a ellos encomendada, los Defensores Universitarios de España deciden expresar  públicamente su preocupación en relación al proceso de reformas emprendidas por el Gobierno y que afectan al ámbito universitario. Especialmente preocupante resulta el Real Decreto-Ley 14/2012 de 20 de abril, particularmente en lo relativo al aumento de tasas y precios públicos de los estudios universitarios, al régimen de dedicación del profesorado y al procedimiento de creación, modificación y supresión de centros y títulos de enseñanzas universitarias. Esta inquietud y malestar está motivada tanto por la forma seguida en la elaboración de la norma, sin ningún contacto formal previo con las partes interesadas, como por el fondo, ya que los cambios legales afectan sustancialmente al modelo de universidad pública.

Consideramos que las emergencias que afectan al país, y que exigen urgentes reformas, ajustes y recortes, en modo alguno pueden justificar la quiebra de la autonomía universitaria o del autogobierno de las Comunidades Autónomas (CCAA); tampoco pueden justificar el recurso sistemático al decreto-ley, renunciando al sano ejercicio de una democracia deliberativa y participativa. Sin ésta no es posible construir proyectos compartidos y perdurables. La forma de gobernar y gestionar los asuntos públicos ha de asumir la complejidad de perspectivas, incorporando la diversidad de intereses contrapuestos y articulando mecanismos de diálogo y concertación. Esta exigencia se hace mucho más inexcusable cuando el contenido de las reformas tiene un carácter estructural, afectando a aspectos sustantivos de nuestro sistema universitario, y en el que están en juego unos derechos y prestaciones inherentes a nuestro modelo de Estado social.

Los Defensores Universitarios de España, en el legítimo ejercicio de su función de supervisión, mediación y propuesta, y en su afán  de seguir contribuyendo eficazmente a la buena gobernanza de nuestro sistema universitario, hacen un llamamiento en favor de la inmediata recuperación de la democracia deliberativa, la concertación y el diálogo entre las partes interesadas (Gobierno, Oposición, CCAA, Universidades, Sindicatos, asociaciones estudiantiles y demás actores afectados). Sólo así se podrá hacer frente de manera responsable y exitosa al estado de emergencia que viven nuestras sociedades, y también nuestras Universidades; y solo así los derechos y libertades de los miembros de la comunidad universitaria gozarán de una mayor garantía, evitando al mismo tiempo la precipitación, la imposición y el rechazo, lo que en definitiva deslegitimaría todo el proceso de cambio que las circunstancias demandan.

Madrid, 10 de mayo de 2012.

Los Defensores Universitarios de España

www.cedu.es
Enviado por Luis_Capote el Jueves, 10 mayo a las 19:05:20 (15 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Tema XLIX-LII
TemarioTemas XLIX-LII

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1. Concepto y evolución histórica de la legítima

2. Naturaleza de la legítima. Posición del legitimario

3. Renuncia a la legítima

4. La legítima de los descendientes. La mejora

5. La legítima de los ascendientes

6. La legítima del cónyuge viudo

7. La desheredación

A. Concepto

B. Causas

C. Forma

D. Efectos

8. La preterición





Enviado por Luis_Capote el Lunes, 07 mayo a las 22:44:07 (22 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Tema XL
Temario
Tema XL. Testamentos comunes

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1. El testamento abierto

A. Concepto y caracteres

B. Formalidades

C. Variantes del testamento abierto

2. El testamento cerrado

A. Concepto

B. Otorgamiento

C. Vicisitudes ulteriores

D. Nulidad formal y conversión

3. El testamento ológrafo

A. Concepto

B. Condiciones subjetivas

C. Requisitos

D. Las memorias testamentarias
Enviado por Luis_Capote el Lunes, 07 mayo a las 22:39:56 (19 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Tema XXXIX
TemarioTema XXXIX. El testamento

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1. Concepto y caracteres del testamento. Contenido

2. Clases de testamento

3. Reglas formales de los testamentos

A. Intervención del Notario

B. Los testigos

C. Identificación del testador



Enviado por Luis_Capote el Lunes, 07 mayo a las 22:36:12 (14 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Tema XXXVIII
Temario
Tema XXXVIII. Las disposiciones a causa de muerte

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1. El negocio "mortis causa"

2. La capacidad para disponer "mortis causa"

A. La edad para testar

B. Incapacidad por enajenación mental

C. Cautelas en el testamento otorgado en intervalo lúcido
Enviado por Luis_Capote el Lunes, 07 mayo a las 22:28:39 (19 Lecturas)
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D. Civil IV (L.) Tema XXXVII
Temario
Tema XXXVII. Enajenación y defensa del derecho del heredero

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1. Enajenación de la herencia

A. Efectos

B. Enajenación de la cuota hereditaria. Retracto

2. La acción de petición de herencia

A. Concepto y naturaleza. Prescripción de la acción

B. Prueba y constancia registral del derecho del heredero
Enviado por Luis_Capote el Lunes, 07 mayo a las 22:25:11 (18 Lecturas)
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